¨La información: ¿Derecho a ella o a vivir de ella?” (4/5/2015)

En estos días se ha abierto un debate a raíz de las ¨reflexiones en voz alta¨ del Sr. Ministro de Justicia, con respecto a la publicación no autorizada de secretos de sumario en juicios sin duda mediáticos.

La verdad es que el debate se ha visto muy descompensado a favor del derecho a la información, que es la postura que defienden la mayor parte de los profesionales de los medios de comunicación y por supuesto, los que tienen una mayor facilidad y herramientas para difundir su opinión.

Sin embargo, en mi opinión, la reflexión planteada por el Sr. Ministro no es tan improcedente y extemporánea.

Son varias las cuestiones que entiendo deben ser analizadas, empezando por el hecho de que, aunque coloquemos al derecho a la información entre los derechos constitucionales, ello no significa que no pueda ser objeto de regulación y que no se puedan establecer límites con la debida justificación y mesura.

Creo que nadie cuestiona esto cuando se trata de la seguridad nacional, la seguridad de los ciudadanos y otros supuestos, excasos, pero relevantes.

Por tanto y en mi opinión lo que habría que analizar es, en primer lugar, la necesidad o no de la declaración del secreto sumarial y su constitucionalidad, o más bien, si este supuesto y las razones que lo motivan se pueden incluir entre las excepciones y necesidad de regulación del derecho a la información. No me cabe ninguna duda de que persigue, no solo unas garantías del investigado, sino una protección de los ciudadanos en la medida de que la divulgación antes de hora de determinados hechos,  puede conllevar la destrucción de pruebas, la fuga de otros implicados, etc.

En segundo lugar, la defensa que oigo a los profesionales de ese derecho a la información, que parecen referir a su labor, creo que debería denominarse mas bien como derecho a informar, ya que el derecho a la información a mi me parece más un derecho del ciudadano a recibirla.

Por otra parte, en algunos casos, ese derecho que reclaman algunos profesionales habría que denominarlo, mas bien y en mi opinión, como ¨derecho a vivir de la información¨ pues tiene más de búsqueda de protagonismo y de notoriedad que de verdadero interés por informar.

Por último, si se estima que es adecuada la declaración del secreto del sumario, esa decisión judicial debe vincular a todos, puesto que en ningún caso persigue ocultar información, sino mantener en reserva la misma durante un plazo de tiempo limitado, miestras se completa la investigación.

El hecho de que ese secreto sea vulnerado y la información del mismo ¨robada¨y por tanto obtenida de forma ilícita, merecería una sanción y su publicación por parte de cualquier medio contituiría igualmente un delito, y en consecuencia debería ser igualmente perseguido y sancionado.

No puedo evitar el ver estos hechos de forma muy parecida a la actuación del ¨ladrón¨  y del ¨perista¨ que le compra lo robado y obtiene un beneficio  con ello.

 

José Antonio Virto

                                                                                                  TERUEL.

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